De idas y vueltas: La nunca concretada Ley de Humedales - Informe Digital Metropolitano

De idas y vueltas: La nunca concretada Ley de Humedales

El 21,5% del territorio argentino les pertenece. Los humedales constan de aproximadamente 600.000 km2 a lo largo y a lo ancho de nuestro país, son filtradores naturales de agua, regulan cuencas hídricas y conforman un ecosistema natural que funciona por sí solo. Retienen y almacenan agua apta para el consumo humano, filtran a través del suelo y recargan los acuíferos, incluso algunos actúan como filtros que pueden eliminar sustancias tóxicas de los cuerpos de agua. Nuestro país no cuenta con una infraestructura hídrica desarrollada que haga frente a las abundantes precipitaciones en un corto período de tiempo, por lo cual, proteger y preservar a los humedales no solo es hacer valer el compromiso ético y moral que se asume con el ambiente, sino que debería formar parte de una mirada estratégica para el desarrollo de la comunidad.

Con 17.500 km2 de extensión, el Delta del Paraná es un sistema de humedales que, junto a 700 especies de vegetales, 543 especies de vertebrados, 260 especies aves -lo que representa al 31% de avifauna argentina- mitiga el impacto de las sequías exteriores producto del cambio climático. Es importante tomar como caso testigo a este humedal porque, desde allí, se puede analizar la intencionalidad económica que acecha a estos ecosistemas naturales y el riesgo que produce continuar sin una legislación y un accionar gubernamental claro y ágil. 

La historia es más o menos conocida: Todos los años, sin importar la época, se producen incendios en el Delta del Paraná que afectan a la salud de las personas, atentan contra la diversidad de flora y fauna que descansa en esas tierras, y que jurisdiccionalmente compromete a las provincias de Entre Ríos, Buenos Aires y Santa Fe, en  unos 20 municipios. Diferentes estudios coinciden en que el 95% de los incendios que se ocasionan son consecuencia de un accionar intencional en busca de los réditos económicos que tiene la actividad ganadera. 

La lógica y el razonamiento economicista es simple: “Quemo para desvalorizar la tierra y luego desarrollar actividades ganaderas y agropecuarias”. La consecuencia y el impacto es mucho más complejo: El daño al ambiente y al presente y futuro social. Ante esto, el accionar estatal no es claro, los recursos económicos destinados a prevenir y controlar los incendios intencionales son escasos, los organismos encargados de llevar adelante las acciones no están definidos y las actividades que se permiten desarrollar en los ecosistemas no están especificadas.

Persona inicia un fuego en el Delta de Paraná. Fotografia tomada por el Sistema de Monitoreo del Ministerio de Ambiente de Nación.

El proyecto de “Ley de presupuesto mínimos de protección ambiental para el uso racional y sostenible de los humedales” cuenta con una intensa trayectoria parlamentaria en lo que hace a la última década. El primer proyecto legislativo en la materia fue presentado en Abril de 2013 por la senadora M.C, Elsa Ruiz Diaz. Integrante del Frente Para la Victoria, la ex parlamentaria entrerriana supo declarar que “estas iniciativas se inscriben en una de las líneas directrices de la Política Ambiental del gobierno nacional, que busca estrategias que armonicen la compleja ecuación entre desarrollo productivo y cuidado ambiental”. Finalmente, el texto que aprobó la cámara alta del Congreso terminó siendo una unificación de otro proyecto presentado por el senador socialista, Rubén Giustiniani. Diputados jamás trató el proyecto en el recinto, por lo cual, perdió estado parlamentario en el año 2015.

Los senadores firmantes, María M. Odarda, Fernando E. Solanas y Jaime Linares, presentaron un nuevo proyecto en el año 2016. El fallecido referente del Movimiento Proyecto Sur defendió la iniciativa ante el ataque de los lobbistas de turno: “se hizo creer que ésta ley venía a prohibir las actividades productivas. Esta ley las defiende lo que dice es que hay que hacer un inventario para determinar lo que hay que proteger y son las provincias las que deben reglamentarlo”. El proyecto obtuvo media sanción en la cámara de senadores, pero nuevamente no fue tratado en la cámara baja, por lo cual volvió a perder estado parlamentario para el 2018. 

Noviembre del 2020 fue el escenario en el cual la comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano de la Cámara de Diputados emitió dictamen de mayoría sobre un nuevo proyecto de ley de Humedales. Se lograron unificar los más de 10 proyectos que se habían presentado, y se lo giró a las Comisiones de Agricultura y Ganadería, Asuntos Marítimos Fluviales, Portuarios y Pesqueros y Presupuesto. Sin embargo, el gobierno nacional lo excluyó de la agenda de sesiones extraordinarias de ese año, y el texto legislativo quedó estancado en la comisión de Agricultura y Ganadería. Una vez más, para diciembre de 2021, el proyecto perdió estado parlamentario.

El miércoles 2 de marzo de 2022, el diputado del Frente de Todos y presidente de la comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano de la HCDN, Leonardo Grosso, presentó el cuarto proyecto legislativo sobre el cuidado y preservación de los humedales. Acompañado por un importante número de organizaciones de la sociedad civil y parlamentarios, Grosso señaló que “Se requiere una herramienta adicional para llevar a cabo una política en materia de humedales. Lo que hemos estado viendo es muchas veces la supeditación del bien común a intereses particulares. La Ley de Humedales tiene que ser un instrumento más de una política pública». 

Sin embargo, para noviembre del año pasado, el plenario de comisiones emitió dos dictámenes para dos proyectos: Uno de minoría presentado por Grosso, y otro de mayoría presentado por la oposición. Las internas dentro del Frente de Todos llevaron a que, pese a contar con la mayoría necesaria para imponer su texto, el proyecto presentado por Ximena García y Jorge Vara, de la UCR, y Maximiliano Ferraro, de la Coalición Cívica, integrantes de Juntos por el Cambio, logre ser el preponderante. Al respecto, el vocal de la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Medio Ambiente, Ferraro declaró: «Tener una ley es brindar previsibilidad a todos los sectores involucrados, para poder desarrollarnos de forma sostenible y valorando los beneficios que los humedales nos aportan. Una ley es seguridad jurídica a la hora de promover proyectos e inversiones, al brindar certezas sobre cómo se pueden desarrollar cada una de las actividades, y disipando así el fantasma de la judicialización y la conflictividad». 

El dato alarmante es que el proyecto minoritario, previamente, tenía mayor consenso en las organizaciones de la sociedad civil. Esto no quiere decir que no tenga posibilidades de obtener media sanción, ya que ambos podrán ser tratados en el recinto. La historia legislativa sobre los humedales advierte que el proceso parlamentario es complejo, lento y tensionado por presiones políticas y económicas de diferentes sectores. Haber obtenido dictamen del plenario de comisiones es un logro importante, pero mínimo si se tiene en cuenta la urgencia ambiental en la que vivimos. En este año el desafío será doble: En primer lugar, sabido es que en años electorales la cantidad de sesiones ordinarias y extraordinarias baja considerablemente; en segundo lugar, se encuentra el desafío de que, por primera vez, la cámara de diputados trate y dé media sanción al proyecto. 

Los proyectos que obtuvieron dictamen tienen similitudes y diferencias entre sí. Ambos proponen generar un fondo nacional destinado a la protección de los humedales, crear un inventario de los ecosistemas provinciales, y especificar qué acciones productivas se pueden desarrollar en la zona. Sin embargo, la principal diferencia reside en las potestades otorgadas a las provincias y los organismos encargados de la aplicación de la normativa.

Joven con un cartel que expresa "NO HAY PLANETA B"

El dato alarmante es que el proyecto minoritario, previamente, tenía mayor consenso en las organizaciones de la sociedad civil. Esto no quiere decir que no tenga posibilidades de obtener media sanción, ya que ambos podrán ser tratados en el recinto.

La sanción de la ley no es el punto de llegada, ni la conquista final por parte de una sociedad que exige un mayor cuidado ambiental. Tampoco se puede decir que es el punto de partida, dado que sería desconocer las centenas de asambleas, movilizaciones, estudios y reclamos que viene desarrollando la sociedad civil en su conjunto, desde y con diferentes herramientas. La sanción de la ley debe ser un punto más de un proceso gubernamental sustentado en la voluntad política de formular un programa de desarrollo nacional que, entre sus objetivos, englobe al cuidado y la preservación del ambiente. 

La organización de la sociedad civil en pos de causas justas y trascendentales para el presente y futuro de la vida en comunidad es fundamental para toda comunidad que quiera construir sus propios destinos colectivos. La agenda ambiental ha logrado introducirse en ámbitos políticos, sociales y culturales en los cuales estaba ausente, no por voluntad propia, sino por factores sistémicos que expulsaban discusiones que tensionan intereses particulares. La construcción de la conciencia colectiva es un proceso heterogéneo, no lineal que, con el paso de las batallas, va redireccionando sus propios objetivos. El movimiento ambientalista que, primero despertó conciencia social para luego convertir en colectiva la causa, terminará moviendo los cimientos de la dirigencia faltante de voluntad para tensionar con los poderes de trasfondo. 

Tal como se señaló en los fundamentos que esgrimió el proyecto firmado por Solanas “Esta temática dejó de ser patrimonio exclusivo de académicos y de naturalistas para pasar al dominio público en general”.