Campana protege sus humedales - Informe Digital Metropolitano

Campana protege sus humedales

HUmedales 5La problemática de la protección de los humedales atraviesa dinámicas sociales, ambientales, económicas y políticas. El papel del Estado en el planeamiento y la generación urbana, ha sido replanteado en la década de 1990. Hasta aquel momento, la producción del espacio urbano dependía del Estado. A partir de la construcción de la Urbanización Cerrada de Nordelta en el partido de Tigre, los actores privados se perfilaron como los nuevos sujetos de planificación y producción de ciudades. La creación de barrios cerrados en la periferia del gran Buenos Aires involucró el relleno de zonas inundables, la construcción en dicho terreno y el consiguiente desequilibrio ambiental de zonas que naturalmente sirven para drenar crecidas. Sumado al drenaje de los humedales para la agricultura intensiva.

En este proceso, la planificación urbana está siendo apropiada por los actores económicos privados productores de urbanizaciones cerradas, no ya como un intento de orientación pública y búsqueda de objetivos generales, sino como manera de producir territorios que satisfagan necesidades privadas.

Como contracara de esta problemática, el Municipio de Campana sancionó en 2015 una ordenanza: prohibió las construcciones en zonas por debajo de los 5 metros de cota, de característica inundable.

Qué es un humedal

El término humedal se refiere a una amplia variedad de hábitats interiores, costeros y marinos que comparten ciertas características. Generalmente se los identifica como áreas que se inundan temporariamente. Todos los humedales comparten una propiedad primordial: el agua juega un rol fundamental en el ecosistema, en la determinación de su estructura y funciones ecológicas.

Humedales 7Diversas actividades humanas requieren de los recursos naturales provistos por los humedales: la pesca, la agricultura, la actividad forestal, el manejo de vida silvestre, el pastoreo, el transporte, la recreación y el turismo. Uno de los aspectos fundamentales por los que en los últimos años se ha volcado mayor atención en la conservación de los humedales es su importancia para el abastecimiento de agua dulce con fines domésticos, agrícolas o industriales. Patricia Pintos, geógrafa y referente en ésta problemática, señala que “en los últimos 4 o 5 años, a partir de la generalización de eventos de precipitación extrema y de la dificultad que experimentan los municipios para resolver estas catástrofes se ha introducido en la agenda académica y política la importancia de los humedales como reguladores de estos eventos extremos.”

No obstante la importancia que se le da hoy en día a la conservación de los humedales, durante siglos fueron considerados tierras marginales que debían ser drenadas o recuperadas.

En Argentina existen aproximadamente 600.000 km² de humedales, lo que representa el 21,5%de la superficie del país. Sin embargo, no existe una ley nacional de protección como la de los bosques nativos; existen algunos ejemplos puntuales de protección como la ordenanza aprobada en 2015 en el municipio de Campana o el Plan de Manejo del Delta de Tigre.

A pesar de estas falencias en las políticas ambientales, nuestro país adhiere a la Convención RAMSAR firmada en 1971. La misma es un tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos.

La Cuenca del Río Luján

La Cuenca del Plata, que en territorio argentino incluye una región muy amplia de aproximadamente 1.034.000 km2, engloba una gran variedad de humedales que constituyen una fuente importante de recursos forrajeros. En esta región se encuentran los centros urbanos más grandes de nuestro país, así como importantes áreas de desarrollo agrícola e industrial.

Rio lujanAquí se encuentra la cuenca del río Luján que está ubicada en el Noreste de la provincia de Buenos Aires y abarca unos 3000 km2. Atraviesa los partidos de Campana, Escobar, Exaltación de la Cruz, General Rodríguez, Luján, Mercedes, Pilar, Suipacha y San Andrés de Giles[1]. Por lo tanto, si bien Campana ha comenzado a legislar, es una problemática interjurisdiccional que requiere la intervención de la provincia de Buenos Aires o al menos, una política intermunicipal. Lucrecia Tapia, representante de la Asociación de Vecinos por el humedal, señala que “No hay un trabajo coordinado entre municipios de la cuenca de manera que las resoluciones que se toman en uno no perjudiquen al conjunto. Ejemplo de ello es el avance del parque industrial de Escobar emplazado sobre el humedal, que está restando una importante superficie, mientras que aguas arriba se proyecta construir reservorios para atenuar las inundaciones”. Según Marcelo Mojica, Subsecretario de Ambiente del municipio de Campana “Lo más difícil es lograr el consenso entre los distintos intereses y actores al momento de una legislación ambiental, también tener en cuenta la legislación vigente”. Por su parte Patricia Pintos remarca la importancia simbólica de una ordenanza de este tipo: “La ordenanza sancionada por Campana para la protección de humedales de la cuenca del Luján es un gesto interesante en términos de definición política de gestión del territorio municipal. Pero también es una señal interesante para los municipios vecinos.”

Cuál es la problemática actual de los humedales

La Evaluación de los Ecosistemas del Milenio de Naciones Unidas[2] da una idea de las principales amenazas sobre los humedales. Las más comunes son el crecimiento poblacional, el drenaje para la agricultura intensiva, el desarrollo de infraestructura. Esta problemática además acarrea un problema de desigualdad social ya que la mayoría de los humedales perjudicados de la provincia de Buenos Aires han sido rellenados o drenados para el cultivo de soja o la construcción de barrios cerrados. Esto causa daños al medioambiente e inundaciones en municipios aledaños por falta de un espacio de drenaje para las crecidas.

HUMEsta situación pone de relieve cómo la lógica de la producción del espacio continúa efectuándose a expensas del deterioro socio-ambiental de los sectores con menor poder adquisitivo: los habitantes más antiguos pertenecientes a los sectores medios y bajos de esas áreas. “Hay una cantidad bastante grande de urbanizaciones que se están desarrollando en este sector y que ponen en riesgo, no solamente la pérdida patrimonial de estos ecosistemas tan valiosos para la calidad urbana ambiental, sino la seguridad de los habitantes de estos distritos. Porque el problema no lo tienen precisamente los habitantes de las urbanizaciones cerradas sino las urbanizaciones que quedan por fuera y que son mucha veces barrios populares o urbanizaciones precarias” sostiene Pintos.

Adicionalmente existen amenazas de carácter global sobre los humedales como el cambio climático y sus impactos, la globalización del comercio pesquero y la privatización de servicios de agua. En este aspecto para Tapia “No hay negocio posible a largo plazo si estamos devastando un recurso tan elemental como el agua. Este es el enfoque político y social que debe prevalecer al momento del avance de la especulación inmobiliaria”.

De qué se trata la ordenanza que promulgó Campana

En 2015 por iniciativa de la ONG Vecinos del Humedal, junto con el apoyo de académicos de diversas universidades y centros de investigación (UBA, CONICET, UNSAM, etc.) el Concejo Deliberante de Campana aprobó por unanimidad la ordenanza No. 6374/2015. La misma prohibió las construcciones en zonas por debajo de los 5 metros de cota, de característica inundable (humedales) ya que es donde el río Luján descarga sus aguas cuando aumenta su caudal.

Campana se transformó en un distrito que cuida estas áreas en un contexto donde se viene exigiendo la Ley nacional que contemple este tipo de resguardo. Pilar había aprobado una norma similar en 2012, pero fue revocada en 2014 para darle lugar al proyecto inmobiliario Verazul.

HCDLa ordenanza establece específicamente como zona “No Urbanizable” al área territorial de Campana que comprende: al norestela Ruta Nacional Numero 9, al noroeste Ruta Provincial Numero 014-2, al suroeste el límite del partido con el partido de Exaltación de la Cruz y al este el Río Luján; que se encuentren por debajo de la línea de Cota de 5 Metros establecida por el Instituto Geográfico Nacional[3].

La justificación de la ordenanza señala que los emprendimientos urbanísticos ponen en peligro la integridad del humedal y sus ambientes estratégicos y potenciarían el riesgo de inundaciones al dificultar y/o modificar el normal escurrimiento de la aguas.

En efecto, distintas cuencas de nuestro país están siendo severamente afectadas por el avance de negocios inmobiliarios que rellenan los valles de inundación y transforman drásticamente la geografía de la cuenca perjudicando la naturaleza del lugar, generando severas inundaciones en las localidades y barrios lindantes.

Si bien Mojica afirma que “La ordenanza de protección del Humedal del Río Luján de Campana es una medida a largo plazo. El Partido de Campana, tiene la mayor extensión de su territorio como humedales, y por ello es la importancia de su protección.” La ONG Vecinos por el humedal se muestra preocupada por el plazo de la vigencia de la ordenanza: “Hemos solicitado la extensión de la ordenanza 6375/15. La presentación del nuevo proyecto se hizo en el HCD el 15 de junio 2017 pero no tuvimos ninguna respuesta al momento.” Finalmente Patricia Pinto afirma que “Cualquier decisión que se toma en una cuenca incide necesariamente sobre el funcionamiento de los demás distritos. Esto es algo que debiera ser debatido en el marco de los espacios naturales para estas discusiones que son los comités de cuenca. Si bien es necesaria una Ley Provincial que regule el tratamiento de los humedales, hay un debate pendiente que debe ser asumido por los comités de cuenca”.

La posición de la Fundación Vecinos del humedal

La asociación civil que impulso esta ordenanza nace en 2010 ante la posibilidad de que en el valle de inundación del río Luján se emplazara un mega-emprendimiento urbanístico. En ese sentido desde aquel año realiza múltiples gestiones en distintos ámbitos, municipales, provinciales, nacionales e internacionales, realizando pedidos de informes, denuncias, presentando proyectos, etc.

En junio de 2011, apelando a la modificación del Código de Ordenamiento Urbano Ambiental de Campana que permitía la construcción de dicho mega-emprendimiento sobre la planicie de inundación del río Luján, lograron que la zona en cuestión se mantenga como Área Rural hasta tanto se realizaran los estudios necesarios para determinar el correcto uso del suelo, y finalmente, en agosto 2015, se aprobó la mencionada ordenanza.

Lucrecia Tapia, representante de la Asociación, afirma que como ONG deben enfrentar dificultades por defender una causa ambiental, que además está  intervenida por conflictos de intereses económicos y políticos: “Las dificultades  las  tratamos de sortear vía la información de calidad a la ciudadanía y a las autoridades mediante el asesoramiento que nos brindan profesionales de distintas áreas. Y mediante el trabajo conjunto con otras organizaciones de toda la cuenca con las que conformamos una red”.

Humedales 3La asociación formó parte de la Comisión Asesora del Comité de Cuenca del Río Luján, derogado en junio 2015 y está a la espera de la convocatoria para integrar el Consejo Consultivo del COMILU, el nuevo comité de cuenca. Participó activamente en el CAM (Comité Ambiental Municipal – de Campana) y forma parte de la Red Argentina del Paisaje. Además del logro de la promulgación de la Ordenanza, la Asociación ya está ocupándose de un nuevo posible problema para los humedales, la licitación de las obras de ampliación del canal Santa María (que une artificialmente al río Luján con el Paraná de las Palmas en el Partido de Campana) y la construcción de otro canal paralelo, que afectan indiscutiblemente a la Reserva Provincial Río Luján y a los humedales.

Junto a la Red de Organizaciones y Vecinos por la Defensa de la Cuenca del Río Luján han comenzado a plantear la problemática ante organismos municipales y provinciales.

Aun no existe una Ley Nacional de Protección de Humedales

En 2016 se aprobó en la Cámara de Senadores el proyecto de Ley nacional de humedales y la delegó para su discusión en la Cámara de Diputados, pero aún no se aprobó. Por tanto el proyecto corre el riesgo de perder carácter parlamentario. La ley sancionada en Senadores es una legislación nacional de presupuestos mínimos de carácter federal.

Humedales 2El  proyecto de ley tiene por objeto establecer los presupuestos mínimos para la conservación, protección, restauración ecológica y uso racional y sostenible de los humedales ya que ocupan más del 20% del  territorio nacional.

Al respecto, Mojica señala “Es importante tener una ley provincial, pero más importante es una coordinación de políticas de uso de suelo provincia-municipio-Organismos Públicos, para la protección”.También informó que “la provincia de Buenos Aires, ha iniciado un proceso de inventario de Humedales, que es la herramienta básica para poder desarrollar una política de protección. Aunque lleva un gran tiempo de identificación y procesamiento, es un paso muy importante hacia una protección activa por parte del estado sobre esta temática”. Por otra parte, Lucrecia Tapia indica la importancia de que se dicte la Ley de Presupuestos Mínimos para la conservación, protección, restauración ecológica y uso racional y sostenible de los humedales que desde hace años se viene debatiendo entre ambas cámaras del Congreso.

La Ley General de Ambiente, sancionada en 2002, establece la necesidad de hacer el ordenamiento ambiental del territorio pero, hasta el momento, esto sucede solo con los bosques nativos. Sin embargo, su tratamiento en diputados y aprobación es al día de hoy una asignatura pendiente.

Referencias

-Vecinos del humedal, HUMEDALES, los olvidados riñones del planeta, 2010

-RamsarConvention of Wetlands

-Stolk, M. E., P. A. Verweij, M. Stuip, C. J. Baker and W. Oosterberg: Valoración Socioeconómica de los Humedales en América Latina y el Caribe. Wetlands International. Los Países Bajos, 2006.

-Ríos D.,  Pírez P., Urbanizaciones cerradas en áreas inundables del municipio de Tigre: ¿producción de espacio urbano de alta calidad ambiental?, en EURE (Santiago) v.34 n.101 Santiago, 2008.

– “La ley para proteger los humedales no pudo ser debatida en la Cámara Alta”, Télam, 23/11/2016.

– “Más del 20 por ciento del país corresponde a humedales”, Télam, 01/02/2016.

– “Campana se convirtió en el primer distrito bonaerense en proteger sus humedales”, Agencia Nova, 09/09/2015.

[1]http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/ada-12-15.html

[2]https://www.millenniumassessment.org/documents/document.439.aspx.pdf

[3] http://vecinosdelhumedal.blogspot.com.ar/2015/10/texto-completo-ordenanza-637415.html